viernes, 23 de mayo de 2008

EL ARTÍCULO 22 CONSTITUCIONAL Y LAS PENAS EN EL ESTADO DE DERECHO


En este artículo es donde la Constitución Mexicana determina la pena de muerte. ¿Se aplica realmente? Analiza este artículo:


http://www.tlahui.com/conmx1.htm#a22


14 comentarios:

Anónimo dijo...

este artìculo se me hace que es uno de los mas importantes dentro de la consitutciòn ya que siento que nadie se merece ningùn maltrato de ningùn tipo. fernando cervòn

Anónimo dijo...

este articulo me paerece muy importante porque aqui dictamina quien merece la pena de muerte y quien no.

RAFAEL NEGRETE TINAJERO

Anónimo dijo...

De acuerdo a este articulo, nos habla sobre a quienes se les puede imponer la pena de muerte, por una parte esta bien y por otra parte no, por aquellos que son inocentes que se les aplica la pena de muerte y no se les hace justicia ademas, que nadie es merecedor de quitarle la vida a otra persona.
comentario:
Lizeth cendejas
Marcela càzares

Anónimo dijo...

EDER MEZA

este articulo esta bien pero deberian de aceptar la pena de muerte en casos extremos asi las personas que cometen estos delitos estarian un poco asustado y bajaria el numero de crimenes que suceden ya que muchos de estos delincuentes incluso llegan a pensar que en prision van a estar mejor ya que les van a dar comida y todo.... PS NO!!!! MATENLOS!!

Anónimo dijo...

es un articulo importante ya que las personas no se merecen setr maltratados.
ADHEMAR NOVOA

Anónimo dijo...

se me hace que este articulo esta muy restringido ya que el maleante comete delitos a veces peor que los que se mencionan creo que a el se lo tienen que hacer igual o peor ya que tiene que sentir lo que él hizo para que se de cuenta del mal que hizo y del sufrimiento que causó a la otra persona.
YADIRA OSUNA CARDENAS

Anónimo dijo...

este articulo es muy importante por que defiende a las prsonas de que no tengan ningun maltrato exesivo o de ningun tipo pr que no esta bien pero tambien esta muy bien la pena de muerte a los que han hecho delitos muy graves aunque no los torturen eso me parece muy importante .anaid gonzalez

Anónimo dijo...

Josè Oziel Fregoso GArcìa 1844849

pues el articulo 22 nos dice que quedan prohibidas las penas de mutilación y de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales. pero al parecer muchas autoridades no respetan esto, dando un ejemplo sobre que estan prohibidos los azotes, palos y el tormento, muchas personas como los policias o autoridades correspondientes aplican mucho este tipo de torturas para hacer confesar a los delincuentes y la verdad fuera de lo malo que hubiera sido la maldad que cometieron son seres humanos que merecen piedad. tambien en cuanto a las multas excesivas, cuantas veces no nos encotnramos con personas que nos piden mordidas para no ponernos una multa demasiado grande y como ellos dicen nosotros ganamos y ellos tambien. pero me gustaria que en realidad este articulo se se aplicara en la realidad

Anónimo dijo...

para mi este articulo es importante porque ninguna persona se merece ser maltratado como un esclavo

Anónimo dijo...

Yo estoy deacuerdo con el articulo 22 de la Costitucion ya que cualquier maltrato que se le haga a las personas debe de ser castigado de forma correcta, en caso de las penas de muerte yo opono que nosotros no contamos con el poder para jusgar a ninguna persona de esa madera yasea con cualquier delinto que haya cometido. Siempre recibiran su castigo pero con la ley de Dios, ya que nosotros no somos nadie para privar de la vida a un ser humano, lo unico que podemos hacer es corregirlo o si no se puede en todo caso ponerlo en prisiòn.

Anónimo dijo...

MICHELE OZUNA CARDENAS

Anónimo dijo...

LUCIA LEON CASTILLEJOS

ESTOY DE ACUERDO CON EL ARTICULO,BUENO AUNKE AVECES JUSGAN A PERSONAS INOCENTES Y ESO NO ESTA BIEN,PERO BUENO CUANDO SE JUSGAN ES BUENO KE RESPETEN LO DEL ARTICULO...

Anónimo dijo...

Para empezar considero que el art. 22 tiene contradiccines, ya que primero dice que no se aplica la pena de muerte y después mencionan algunas excepciones.

Si estoy en total acuerdo de ke no debe exitir maltrato y todo eso, pero en pienso que no se lleva a cabo.

Anónimo dijo...

El comentario anterior es mío: Nallely Sánchez Vázquez